¿Qué documentos necesito para registrar un negocio en España?

El registro de un negocio en España puede parecer un laberinto burocrático, pero con los documentos correctos se vuelve manejable.

La documentación varía si eres autónomo o sociedad, pero hay un núcleo común.

Aquí te detallo lista por lista todos los papeles que necesitas.

Documentación común (tanto autónomos como sociedades)

  • DNI o NIE del titular / socios / administradores. (Si eres extranjero no comunitario, además necesitas autorización de residencia y trabajo por cuenta propia).
  • Certificado de empadronamiento (si el negocio es a tu nombre personal, a veces lo pide el ayuntamiento para la licencia).
  • Contrato de alquiler del local o título de propiedad.
  • Recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) del local.
  • Planos del local (para solicitud de licencia).
  • Memoria de actividad: Breve descripción de qué vendes, horario, aforo, número de empleados.
Consejo: Antes de registrar nada, consigue una nota simple del Registro de la Propiedad para confirmar que quien te alquila es realmente el dueño.

Documentos específicos para Autónomos

Para darte de alta como trabajador por cuenta propia necesitas:

  • Modelo 036 o 037 (firmado, en duplicado).
  • Modelo TA.0521 de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
  • Declaración de inicio de actividad ante el ayuntamiento (modelo propio de cada municipio).
  • En algunos casos, justificante de haber pagado el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) – solo si facturas más de 1.000.000 € anuales (la mayoría están exentos).
  • Certificado negativo de nombre comercial (no obligatorio para autónomos, pero recomendable si usas un nombre que no es tu DNI).

No necesitas escritura pública ni registro mercantil.

Documentos específicos para Sociedad Limitada (S.L.)

Registrar una S.L. exige más pasos y documentos notariales.

Fase pre-registro:

  • Certificación negativa de denominación social (obtenida en el Centro de Información y Red de Creación de Empresas – CIRCE o en el Registro Mercantil Central). Asegura que nadie usa el nombre que quieres.
  • Estudio de viabilidad (no obligatorio pero recomendado para inversores).
  • Declaración de inversión extranjera (si algún socio es no residente en la UE).

Escritura pública de constitución:

Firmas ante notario con:

  • Estatutos sociales (nombre, objeto social, domicilio, capital social mínimo 3.000 €, régimen de administración, duración).
  • Certificación bancaria de que el capital social (mínimo 3.000 €) está desembolsado y depositado en una cuenta a nombre de la sociedad en formación.
  • Acreditación de la identidad de todos los socios fundadores.
  • Lista de socios y participación de cada uno.
  • Aceptación del cargo de administrador único o solidario.
El notario eleva la escritura a público y la envía al Registro Mercantil. El plazo de inscripción suele ser de 15 a 30 días hábiles.

Trámites post-registro (para S.L.):

  • Copia simple de la escritura ya inscrita en el Registro Mercantil.
  • NIF definitivo de la sociedad (modelo 036).
  • Alta en la Seguridad Social de los administradores. (Los administradores pueden estar en el RETA o en el Régimen General si también son trabajadores).
  • Libros obligatorios legalizados: Libro de actas, libro de socios, libro de inventarios y cuentas anuales.
  • Declaración censal de inicio.

Documentos adicionales según actividad

  • Venta de alcohol: Solicitud de licencia específica de venta de bebidas alcohólicas (comunidades autónomas varían).
  • Venta de alimentos: Registro general sanitario y carné de manipulador de alimentos.
  • Peluquería o centro de estética: Registro de centros y servicios sanitarios (en algunas CCAA).
  • Taller mecánico: Registro de gestores de residuos (aceites, baterías, neumáticos).
  • Tienda online (además del local físico): Registro de sistemas de información (LSSI) y política de cookies.

Plazos y costes orientativos de los registros

  • Alta de autónomo: Inmediata vía Sede Electrónica (efectos desde el día de alta). Coste: cuota RETA desde 200-300 €/mes.
  • Constitución S.L. mediante teletramitación (CIRCE): 24-72 horas. Coste: gastos notaría (~300-600 €), registro (~200 €), impuesto AJD (1% sobre capital social = 30 € mínimo).
  • Licencia de apertura (comunicación previa): 24h-15 días. Gratuita o tasa baja.
  • Licencia ordinaria con proyecto técnico: 2-6 meses. Honorarios arquitecto 800-2.500 € + tasas ayuntamiento.

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